Principales escuelas criminologicas del siglo XX



La criminología se desarrolla a partir del siglo XIX, en su devenir histórico ha sido motivo de diferentes conceptuaciones y definiciones acerca de su objeto y método de estudio, sea el caso de un reconocido autor mexicano, discípulo de Quiróz Cuarón representante de la mirada positivista en la criminología mexicana, Rodríguez Manzanera, quien considera a la criminología como: una ciencia sintética, causal explicativa, natural y cultural de las conductas antisociales.
Además de las caracterizaciones que enumera la definición, un asunto de debate e interés es el objeto de estudio que propone: las conductas antisociales, dado que estas se definen desde el poder.
Nuestra postura no es neutral en el debate, por lo que nos suscribimos en la postura adoptada por García Pablos de Molina (2003), quien afirma que:
Se puede definir a la Criminología, provisionalmente, como la ciencia empírica e interdisciplinaria que tiene por objeto el crimen, el delincuente, la víctima y el control social del comportamiento delictivo; y que aporta una información válida, contrastada y fiable sobre la génesis, dinámica y variables del crimen contemplado éste como fenómeno individual y como problema social, comunitario, así como sobre su
prevención eficaz, las formas y estrategias de reacción al mismo y las técnicas de Intervención positiva en el infractor.
Para este autor, la criminología es una ciencia, es decir, aporta un núcleo de
conocimientos verificados. Precisando aún más sus características, es una ciencia empírica e interdisciplinaria en la que predomina la observación de la
realidad acerca de la perspectiva normativista. Acota su objeto de estudio: la investigación del crimen, del infractor, de la víctima del delito y acerca del control social del comportamiento desviado.
Caracteriza el crimen como un problema, y cuáles son las implicaciones más trascendentes que derivan de su análisis. Uno de los aspectos más destacados de esta definición es que amplía el ámbito tradicional de la criminología, ya que incorpora a su objetivo o propósito las investigaciones sobre la víctima del delito y el denominado control social, con esto se da un vuelco sociológico que aporta elementos de equilibrio al desmesurado biologicismo positivista del cual emergió dicha disciplina científica.4 Dando acento a la orientación previsionista del saber criminológico, ya que se preocupa y le interesa prevenir eficazmente el delito y no sólo reprimirlo.
LA ESCUELA CLÁSICA
Los positivistas del siglo XIX, bautizaron con el nombre de Escuela Clásica, a todo lo anterior a ellos: a las doctrinas que no se adaptaban a las nuevas ideas, a los recientes sistemas. Bajo la etiqueta de clásicos se suele agrupar a autores y tendencias divergentes en muchos puntos de vista, en algunos casos, inclusive, contradictorias, pero que presentan una serie de concepciones unitarias acerca de postulados fundamentales, que fue lo que permitió a los positivistas reunirlas con propósitos didácticos.
El mundo clásico partió de una imagen excelsa, ideal, del ser humano como centro del universo, como dueño y señor absoluto de sí mismo, de sus actos. El dogma de la libertad que hace iguales a todos los hombres (sin diferencias entre el hombre delincuente y no delincuente) y fundamenta la responsabilidad: el absurdo comportamiento delictivo solo
puede comprenderse como consecuencia del mal uso de la libertad en una situación concreta, no a pulsiones internas ni a influencias externas. Para los clásicos, el delincuente es una suerte de pecador que optó por el mal, pudiendo y debiendo haber respetado la ley.
Existe algo muy importante en la escuela clásica que se recoge de sus autores: la defensa de las garantías individuales y su reacción contra la arbitrariedad y los abusos de poder. Se reconocen como representantes destacados de la escuela clásica del derecho penal, además de Cesare Beccaria, entre otros a Giovanni Carmignani, Pellegrino Rossi y
Francisco Carrara.
Cesare Beccaria (1738-1774)
Para algunos autores, la criminología clásica, fundada por Cesare
Beccaria (1738-1774), en el espíritu del Iluminismo europeo, quien en 1764 publica De los delitos y de las penas el autor contaba con 26 años de edad: en dicha obra, compendia las leyes existentes, proponía escribir las leyes para que pudieran ser comprendidas por todos los individuos y no solo por máximos juristas, tratando de encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y evitar una interpretación desviada por conceptos morales de los juristas o los jueces y, por último, el de limitar el ámbito de las leyes penales al mínimo necesario para disminuir el delito.
Pellegrino Rossi (1787 - 1848)
El profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por los pensamientos políticos que generaba, fue quien escribió el primer gran clásico reconocido por todos, aunque no es posible olvidar
otras aportaciones de sus contemporáneos como Bentham, aporto
con su obra Teoría de las Penas y de las Recompensas escrita en1840 y Romagnosi, con Génesis Del Diritto Penale en 1837. Para algunos es este autor el que sienta las bases para la Escuela Clásica, con su obra Filosofía del Delito escrita en 1839.Rossi consideraba que existía un orden moral que todos los seres, libres e inteligentes, deberían de seguir, pensando que aquella tendría que aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos están hechos para vivir en sociedad: surge un orden
obligatorio para toda una sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y
obligaciones.
Pellegrino Rossi (1787 - 1848)
El profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por los pensamientos políticos que generaba, fue quien escribió el primer gran clásico reconocido por todos, aunque no es posible olvidar
otras aportaciones de sus contemporáneos como Bentham, aporto
con su obra Teoría de las Penas y de las Recompensas escrita en1840 y Romagnosi, con Génesis Del Diritto Penale en 1837. Para algunos es este autor el que sienta las bases para la Escuela Clásica, con su obra Filosofía del Delito escrita en 1839. Rossi consideraba que existía un orden moral que todos los seres, libres e inteligentes, deberían de seguir, pensando que aquella tendría que aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos están hechos para vivir en sociedad: surge un orden obligatorio para toda una sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y
obligaciones.
Francisco Carrara (1805 - 1888)
Francisco Carrara, es considerado por algunos como el padre de la
escuela clásica del derecho penal, en 1859 escribió Programa di
Diritto Criminale, lo cual llevo al Derecho Penal a su verdadera esencia jurídica y cobra importancia porque cuando se hace referencia a la Escuela Clásica, son las doctrinas de Carrara generalmente las que se someten a examen.
El conjunto de doctrinas de Carrara representan el término de la evolución de la Escuela Clásica. Este autor sostiene que el derecho es connatural al hombre. La ciencia del derecho criminal es un orden de razones emanadas de la ley moral, preexistente a las leyes humanas. El delito es un ente jurídico que reconoce
dos fuerzas esenciales.
LA ESCUELA POSITIVA
La aparición del positivismo fue consecuencia del auge alcanzado por las ciencias naturales en los estudios filosóficos del siglo XIX, y se hizo sentir en todas las disciplinas incluyendo al derecho, la psiquiatría, la criminología y la psicología.
El positivismo es una postura filosófica que tuvo un impacto y por tanto una influencia enorme en el campo de lo científico y por supuesto la búsqueda del conocimiento comprobable y válido también hizo eco, como se señalo anteriormente, en la criminología, el derecho penal y la política criminal.
El positivismo está estrechamente ligado a la búsqueda metódica sustentada en lo
experimental, rechazando nociones religiosas, morales, apriorísticas o conceptos abstractos, universales o absolutos, Lo que no fuese demostrable materialmente, por vía de experimentación reproducible, no podía ser científico. El positivismo se expandió exitosamente, como un pensamiento progresista, revolucionario, capaz de sacar al mundo del atraso y del oscurantismo religioso o supersticioso de los siglos precedentes.
El hombre y la ciencia serían artífices de todas las explicaciones y los descubrimientos, capaces de superar todas las enfermedades, los obstáculos sociales y hasta la propia naturaleza.El Positivismo no niega la existencia de lo absoluto o metafísico, pero tampoco se ocupa del problema, limitándose al estudio de lo real. Por ello los positivistas negaron carácter científico a las disciplinas filosóficas propiamente dichas.
Augusto Comte. (1798-1857).
Es considerado como el padre del positivismo, a partir de él justamente se inicia el interés por clasificar las ciencias. El postulado de esta escuela se basa en el culto a los hechos, a los fenómenos, a lo dado; toman patrones de las ciencias naturales y pretenden trasladarlos al derecho penal.
Tres fueron los personajes más representativos dentro de la escuela positiva: Lombroso, Ferri y Garófalo, cuyos apuntes biográficos se incluyen en la unidad correspondiente a la historia de la criminología.
El positivismo criminológico, destronaría al hombre, privándole de su centro y de su reinado, al negar el libérrimo control del mismo sobre sus actos y su protagonismo en el
mundo natural, en el universo y en la historia.
                          Bibliografia
https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.mpfn.gob.pe/escuela/contenido/actividades/docs/2979_4._clinica_criminologica_incompleta.pdf&ved=2ahUKEwiMrsG90dXgAhWwq1kKHVrQD2QQFjAFegQIBxAB&usg=AOvVaw1HXveMayayT1TiiB_i4ZGE
https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=http://www.psicologia.unam.mx/documentos/pdf/publicaciones/Apuntes_acerca_de_dos_escuelas_criminologicas_Clasica_y_positivista_Alvarez_Diaz_Montenegro_Nunez_Manuel_Martinez_TAD_7_8_9_sem.pdf&ved=2ahUKEwjnj5al0tXgAhUmrVkKHawLACsQFjAAegQIBhAB&usg=AOvVaw20QevXGhVKAL9lL8cwPK7e
https://youtu.be/m8iXQKUfsM0

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